Estas dos organizaciones políticas habían atacado la resolución del 13 de octubre del año pasado, con alegatos sobre la vulneración de derechos constitucionales.
Los aspirantes a cargos electivos no podrán difundir arengas o realizar alusiones directas a la población a través de los medios de comunicación y redes sociales por medio de publicidad pagada antes del plazo establecido para el inicio de la precampaña de los procesos internos de los partidos.
Mediante la resolución 28/2021 la JCE había alertado a los aspirantes a no difundir ningún tipo de discurso con fines proselitistas a través de los medios de comunicación o redes sociales sobre el nivel de elección para el que estarían optando y, en caso de que lo realicen, solo debería ser entre los integrantes del partido al que están afiliados.
Los partidos de la Liberación Dominicana y Fuerza del Pueblo interpusieron recursos en contra de la decisión los días 15 y 16 de noviembre pasado, considerando que la Junta Central Electoral se había extralimitado con la decisión tomada.
Acogió en cuanto a la forma los recursos de reconsideración interpuestos por ambos partidos en contra de la resolución, con relación a los tiempos establecidos en la ley para la precampaña.
El órgano comicial también acogió parcialmente el recurso de reconsideración interpuesto por el Partido de la Liberación Dominicana contra la referida resolución, al disponer modificar el contenido del numeral 3 del artículo 6. En lo adelante el artículo modificado se leerá de la siguiente forma: “3.
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Mientras que el Partido de la Liberación Dominicana sustenta su recurso en la supuesta violaciones de cuatro precedentes constitucionales.
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